Formulario de Consulta o Reclamo ALQUILERES
 
Alquileres

La ley 23091 BO 16/10/84) establece requisitos a los que se deben sujetar los contratos de alquiler para vivienda que se celebren

Entre ellos mencionamos los siguientes:

  1. El precio debe ser en pesos argentinos (sólo en moneda de curso legal).

  2. El plazo mínimo para contratos de vivienda es de dos años.

  3. En cuanto al depósito en garantía, no puede cobrarse más de 1 mes por cada año de contrato.

La ley 23091 dictada en el año 1984 permitía la existencia de cláusulas indexatorias. Este permiso quedó derogado a partir de la ley de Convertibilidad (ley 23928) del año 1991 con la prohibición de toda cláusula indexatoria.  (LEY 23928  ARTICULO 7º — El deudor de una obligación de dar una suma determinada de pesos cumple su obligación dando el día de su vencimiento la cantidad nominalmente expresada. En ningún caso se admitirá actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas, cualquiera fuere su causa, haya o no mora del deudor, con las salvedades previstas en la presente ley. Quedan derogadas las disposiciones legales y reglamentarias y serán inaplicables las disposiciones contractuales o convencionales que contravinieren lo aquí dispuesto).

La derogación de la ley de convertibilidad fue parcial, pues no se derogó la prohibición de cláusulas indexatorias (art. 4° de la Ley N° 25.561 B.O. 7/1/2002 que sustituye el art. 10º  de la ley Mantiénense derogadas, con efecto a partir del 1° de abril de 1991, todas las normas legales o reglamentarias que establecen o autorizan la indexación por precios, actualización monetaria, variación de costos o cualquier otra forma de repotenciación de las deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios. Esta derogación se aplicará aun a los efectos de las relaciones y situaciones jurídicas existentes, no pudiendo aplicarse ni esgrimirse ninguna cláusula legal, reglamentaria, contractual o convencional —inclusive convenios colectivos de trabajo— de fecha anterior, como causa de ajuste).


Por ello podemos afirmar que la cláusula que permitía indexación de alquileres quedó derogada con la ley de convertibilidad y dicha derogación se mantuvo a pesar de la derogación de la ley de convertibilidad.

 

 
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